1. ¿Que es la asociación de usuarios? Según lo establecido por el Decreto 1757 de 1994 la alianza o asociación de usuarios es una agrupación de afiliados del régimen contributivo y subsidiado del Sistema General de Seguridad Social en Salud, que tienen derecho a utilizar los servicios de salud de acuerdo con su sistema de afiliación, que velarán por la calidad del servicio y defensa del usuario. 2. Funciones de las asociaciones de usuarios.
  1. Asesorar a sus asociados en la libre elección de usuarios de SERVICIOS ESPECIALIZADOS FCB S.A.S.
  2. Asesorar a sus asociados en la identificación y acceso al paquete de servicios.
  3. Participar en las Juntas Directivas de las empresas promotoras de salud e instituciones prestatarias de servicios de salud, sean públicas o mixtas, para proponer y concertar las medidas necesarias para mantener y mejorar la calidad de los servicios y la atención al usuario. En el caso de las privadas, se podrá participar, conforme a lo que dispongan las disposiciones legales sobre la materia.
  4. Mantener canales de comunicación con los afiliados que permitan conocer sus inquietudes y demandas para hacer propuestas ante las juntas directivas de la institución prestataria de servicios de salud y la empresa promotora de salud.
  5. Vigilar que las decisiones que se tomen en las juntas directivas, se apliquen según lo acordado.
  6. Informar a las instancias que corresponda y a las instituciones prestatarias y empresas promotoras, si la calidad del servicio prestado no satisface la necesidad de sus afiliados.
  7. Proponer a las juntas directivas de los organismos o entidades de salud, los días y horarios de atención al público de acuerdo con las necesidades de la comunidad, según las normas de administración de personal del respectivo organismo.
  8. Vigilar que las tarifas y cuotas de recuperación correspondan a las condiciones socioeconómicas de los distintos grupos de la comunidad y que se apliquen de acuerdo con lo que para tal efecto se establezca.
  9. Atender las quejas que los usuarios presenten sobre las deficiencias de los servicios y vigilar que se tomen los correctivos del caso.
  10. Proponer las medidas que mejoren la oportunidad y la calidad técnica y humana de los servicios de salud y preserven su menor costo y vigilar su cumplimiento.
  11. Ejercer veedurías en las instituciones del sector, mediante sus representantes ante las empresas promotoras y/o ante las oficinas de atención a la comunidad.
  12. Elegir democráticamente sus representantes ante la junta directiva de las empresas promotoras y las instituciones prestatarias de servicios de carácter hospitalario que correspondan, por y entre sus asociados, para períodos máximos de dos (2) años.
  13. Elegir democráticamente sus representantes ante los comités de ética hospitalaria y los comités de participación comunitaria por períodos máximos de dos (2) años.
  14. Participar en el proceso de designación del representante ante el Consejo Territorial de Seguridad Social en Salud conforme a lo dispuesto en las disposiciones legales sobre la materia.
3. Inscripción a la asociación de usuarios de Servicios Especializados FCB S.A.S.

 Servicios Especializados FCB S.A.S. invita a sus pacientes a conformar la Asociación de Usuarios de nuestra IPS.

Requisitos para ser elegido en un cargo de representación a nombre de la asociación de usuarios debe…

  • Ser usuario de la entidad de salud a la cual se encuentra afiliado
  • No estar incurso en inhabilidades establecidas por la ley
  • No ser empleado de la Entidad en Salud
  • Residir en el municipio
  • Estar presente en el momento de la elección

Por favor diligencie el siguiente formulario:

Calle 19 No. 1-44 Barrio Blanco

Sede 2, Avenida 11E

Nro. 8-41 Sala de

Hemodinamia 2do Piso

Cúcuta, Norte de Santader

PBX: (607) 583 0000 ext

Línea de atención: 3202745021 – 320 2745025

Línea de transparencia: 322 7901271

Correo de notificaciones judiciales: gerencia@sefcb.co

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